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La Guerra Justa y la Ofensiva Pacifista contra la Soberanía

La atención nacional está justamente abocada a la guerra en Irak, donde las fuerzas armadas norteamericanas y aliadas están luchando con bravura. Pero, simultáneamente, los Estados Unidos se encuentran envueltos en una segunda guerra, igualmente importante para la victoria: la batalla psicológica por la opinión pública.

Ambas son difíciles. Ambas son decisivas. Al mismo tiempo que nuestras tropas luchan con coraje en Irak, las polémicas en torno a la guerra justa y al “unilateralismo” norteamericano continúan. El debate es de suma importancia, porque existe el peligro de que mientras ganemos la guerra terrestre, perdamos la batalla de las ideas en la opinión pública.

En efecto, en su apasionada búsqueda de la paz a cualquier precio, algunos opositores de la guerra pierden de vista importantes requisitos para la paz. Crean un clima emocional que tiende a obstruir el razonamiento claro y a distorcionar el debate. Admiten la posibilidad de la guerra justa en teoría, pero parecen negar que pueda haber razón suficiente para trabarla en la práctica. Arguyen que los Estados Unidos no pueden librar la guerra sin la aprobación de las Naciones Unidas y condenan a los Estados Unidos por ser “unilateral”.

Semejantes argumentos parecen basados en el empañamiento del concepto de soberanía en general, mientras que por otra parte algunas de las prerrogativas de la soberanía son atribuidas a una organización internacional.

Tomando en consideración la importancia fundamental de la guerra de ideas en curso, la Sociedad Norteamericana de Defensa de la Tradición, Familia y Propiedad – TFP presenta algunas de las cuestiones relevantes sobre la guerra justa y la soberanía, de acuerdo con los principios de la ley natural1 según la filosofía Católica tradicional, aceptada por los autores de las varias escuelas y presente en los tratados clásicos sobre la materia.2

Desde luego, la paz es preferible a la guerra, y se debe hacer todo lo posible para preservarla. La guerra es una medida extrema que sólo debe ser empleada cuando las alternativas razonables se han agotado y al entrar en guerra, se deben observar todas las estipulaciones de la guerra justa.3

La TFP norteamericana presenta estas consideraciones con la esperanza de que ayuden a nuestra Nación a alcanzar el consenso sobre principios fundamentales que sustentan el concepto de soberanía de los estados civilizados.

1. El Estado, siendo una sociedad perfecta, es también la autoridad de última instancia. No existe otra autoridad política superior a éste.

El Estado es una “sociedad perfecta”, o sea una sociedad que posee dentro de sí misma todos los poderes necesarios para alcanzar, legal y efectivamente, el fin para el cual fue establecido y el derecho correlativo de ser obedecido por quienes están sujetos a él. El Estado, pues, tiene “autosuficiencia”. Tiene “la plenitud de un orden comprensivo, esencialmente independiente de todo otro orden del mismo tipo”.4

Como miembro de la comunidad de las naciones, el Estado tiene obligaciones internacionales, pero “el orden internacional es un orden de coordinación y no de subordinación.”5

Las cortes internacionales y las organizaciones de las naciones son legítimas y útiles mientras sean aceptadas por los estados miembros y respeten la plena soberanía de éstos.6 Dichas organizaciones internacionales, sin embargo, dependen de los estados miembros para su existencia y no a la inversa.

Efectivamente, como “sociedades naturales”7 los estados son anteriores a las organizaciones internacionales, que son sociedades “artificiales” o “convencionales”. Éstas no se derivan directa y necesariamente de la ley natural, porque su existencia no es requerida por la naturaleza social del hombre, como es el caso, en cambio, de los estados.8 Como sociedades artificiales o convencionales, las organizaciones internacionales son establecidas libremente por los estados, quienes forman parte de ellas o se retiran de las mismas en la medida en éstas colaboren con los estados miembros en el cumplimiento de sus fines o los obstaculicen.

2. Un estado soberano está habilitado para hacer valer sus derechos colectivos y los de sus ciudadanos, que puedan ser violados o amenazados por otros estados. De allí que un estado soberano pueda entrar en guerra independientemente de cualquier autorización proveniente de organizaciones internacionales cuando el recurso al arbitraje internacional prueba ser insuficiente o inadecuado para salvaguardar estos derechos.

Esta conclusión surge la anterior. Al ingresar en una organización internacional, un estado soberano no puede renunciar a las obligaciones que constituyen su razón de ser, las cuales incluyen la defensa de sus intereses legítimos en su calidad de entidad política soberana y los legítimos derechos e intereses de sus ciudadanos. Si el Estado no pudiera recurrir a la guerra cuando el arbitraje prueba ser insuficiente para salvaguardar sus legítimos derechos e intereses, o si la guerra dependiera de la autorización de alguna organización internacional, el Estado carecería de todos los poderes necesarios para alcanzar legal y efectivamente el fin para el cual fue establecido.

Privado de este poder, el Estado realmente dejaría de existir como un estado soberano, puesto que carecería de un atributo de la soberanía: el poder de tomar sus propias decisiones con respecto a los medios necesarios para alcanzar sus fines. Este poder de decisión incluye necesariamente el derecho a la coerción, o sea el derecho de imponer sus decisiones por la fuerza. Sin el derecho de coerción, la soberanía se convierte en una palabra vacía. A nivel internacional, este derecho de coerción se traduce en el derecho de hacer la guerra, que no es sino “una instancia del poder general de coerción, o sea hacer uso de la fuerza física para conservar la inviolabilidad de los derechos”.9

3. Según la ley natural la nación no necesita esperar un ataque injusto para ejercer el derecho de defensa propia; una amenaza seria y bien fundada es suficiente para que el país amenazado se defienda mediante un ataque preventivo.

El derecho de defensa propia de una nación abarca no sólo la respuesta a un ataque a sus derechos y a los de sus ciudadanos, sino también la anticipación ante una probable agresión, por medio de un ataque preventivo. Dicha acción preventiva es ofensiva sólo en apariencia.10

Si fuera ilegal que un gobierno frustrara la agresión que fuentes confiables le permiten prever, el legítimo derecho de defensa propia de la nación se vería truncado. La experiencia muestra que poder ser el primero en atacar es a veces la única manera de sobrevivir a una agresión. Por lo tanto, de acuerdo con la ley natural, es legítimo que un gobierno prevenga un probable ataque, neutralizando por la fuerza al potencial agresor cuando no hay otra alternativa.

En efecto, ningún país tiene la obligación de exponer a sus soldados, a su pueblo y sus recursos a un riesgo innecesario. En general, esperar a que ocurra un ataque, provoca una mayor pérdida de vidas y recursos, que atacar primero con el objetivo de prevenirlo. Por ello, el país amenazado tiene el derecho y, según las circunstancias, el deber de evitar tales daños previniéndolos. Las virtudes de prudencia, justicia e incluso caridad, requieren esta acción de fuerza que los gobiernos deben ejercer en la prosecución del bien común para su pueblo. De allí que no sólo sea lícito sino incluso imperativo en ciertos casos, trabar una guerra que, como se explicó anteriormente, es ofensiva únicamente en apariencia.

Este principio es plenamente válido en la guerra moderna. Dada la existencia de armas de destrucción masiva, el gobierno que esperara a que ocurriera un ataque sería remiso en su deber natural de proteger a su pueblo.11

4. Las naciones pueden usar la fuerza no sólo en legítima defensa, sino para procurar la reparación de bienes materiales o morales que hayan sido violados, tales como el honor, o para ayudar a aliados injustamente atacados o a naciones más débiles. Obrando así, las naciones restablecen el orden internacional y la verdadera paz.

Mientras que los individuos pueden apelar a la autoridad pública para imponer o recuperar sus derechos, el estado no dispone de este recurso porque es la autoridad política superior. En consecuencia, cuando los derechos de un estado y los de su pueblo no pueden ser suficientemente asegurados de otra manera, puede emplear la fuerza.12

La Historia demuestra que a veces, la guerra es el único medio que el estado puede emplear para mantener su propia seguridad y su supervivencia contra ataques injustos o reclamaciones de otros estados o para imponer derechos fundamentales a los que no puede renunciar sin grave daño o deshonor.

El derecho de hacer la guerra, que en ciertas circunstancias puede ser un deber, no sólo abarca acciones militares estrictamente defensivas sino que incluye también acciones ofensivas.

Las razones para una guerra ofensiva están generalmente relacionadas con graves perjuicios sufridos por el estado. Algunos de los ejemplos dados por los filósofos católicos son: obligar a los rebeldes a someterse, recobrar provincias o ciudades del enemigo; vengar una ofensa grave cometida contra el jefe de estado o contra la nación; castigar a otra nación por ayudar a un enemigo injusto; ayudar a un aliado; castigar a una nación por la violación de tratados; procurar el restablecimiento de derechos asegurados por la ley internacional que hayan sido violados.

Como se explicó anteriormente, estas guerras son ofensivas sólo en apariencia; en realidad, son defensivas.13 Estas guerras buscan reinstaurar el orden internacional en la verdadera paz. “La paz no es alterada por la declaración de guerra sino por la violación de derechos de orden jurídico, que torna realmente necesaria la declaración de guerra”.14

5. La distinción entre guerra defensiva y ofensiva es completamente secundaria. Lo que importa es si la guerra es justa o no.

Las guerras ofensivas pueden ser justas y las defensivas injustas. A veces, la nación atacada es la verdadera responsable de la guerra y no la nación que inicia el ataque. Cuando esto sucede, la nación atacada reacciona mediante una guerra defensiva que es injusta in causa, porque esa nación debería haber evitado la provocación que condujo al ataque original. Por lo tanto, la nación que inició el ataque es sólo un agresor material, no formal. No habría atacado si no fuera porque sus derechos fueron injustamente violados. La nación atacante no es responsable de una guerra que se tornó necesaria por las acciones de otra.

En consecuencia, la distinción entre guerra justa y guerra injusta no es idéntica a la distinción entre guerra ofensiva y defensiva.15

6. La guerra justa no se opone a la caridad; es un acto de caridad emprender la guerra para liberar a un pueblo oprimido por un tirano.

La guerra justa no es contraria a la virtud de la caridad. Todas las virtudes están interrelacionadas armónicamente y no puede, pues, haber colisión entre las virtudes de la justicia y la caridad.16 En efecto, no se puede suponer que Dios, el supremo Autor y Legislador de la naturaleza, hubiera garantizado a los individuos el derecho de defensa propia y a las sociedades el derecho de hacer la guerra, al mismo tiempo que, por un imperativo de la caridad, les prohibía el ejercicio de estos derechos. Si así fuera, el derecho de defensa propia sería inútil y absurdo. Semejante contradicción no es lógica y repugna a la divina sabiduría.17

Además, la guerra justa busca restablecer la paz, que San Agustín define como “la tranquilidad del orden”.18 En este sentido, la guerra justa puede ser vista tanto como un acto de justicia como un acto de caridad social, llevado a cabo a gran escala dentro de la familia de las naciones.

También es un acto de caridad acudir en ayuda de pueblos injustamente oprimidos,19 porque “los inocentes tienen el derecho de resistir, la caridad exige la asistencia y el estado interviniente debe, en justicia, asumir el derecho de los inocentes de ejercer la coerción extrema en su favor”.20

7. El principio de que deben agotarse todos los medios pacíficos antes de recurrir a la guerra no debe ser entendido de modo tal que cause una parálisis indefinida. Esto sería equivalente a negar en la práctica lo que se acepta en teoría, específicamente, la legitimidad de la guerra.

Se puede discutir ad infinitum si todos los medios pacíficos para evitar la guerra han sido agotados, porque no existe autoridad con el poder de tomar decisiones infalibles en estos asuntos. Tal autoridad no está establecida por la ley natural, ni existe tampoco por institución divina. Por tanto, en principio, es incumbencia de las autoridades políticas responsables de la declaración de la guerra, juzgar, de acuerdo a la prudencia y los medios a su disposición, si todas las soluciones pacíficas han sido agotadas o no, y si se justifica el recurso a la guerra.

Asimismo, el requisito de que todos los medios pacíficos sean agotados antes de comenzar la guerra no se debe entender en un sentido tan estricto que conduzca a la completa inacción. Cuando el hombre está inmerso en la duda, no puede actuar. Mal aplicado, este requisito puede llevar a un divorcio completo entre los principios y la acción, negando en la práctica la legitimidad de lo que se acepta en teoría. Así, aunque legítima en teoría, la guerra nunca sería legítima en la práctica.

Decir que una nación no puede recurrir a las armas hasta que todas las posibles soluciones pacíficas hayan sido intentadas, significa todas las posibilidades razonables y prácticas. No significa todas las posibilidades teóricas, cuyo número es infinito.

8. El hecho de que la guerra no sea un fenómeno inevitable como lo son las catástrofes naturales no significa que la guerra pueda ser siempre evitada.

La paz es el más preciado de los bienes y deben hacerse todos los esfuerzos posibles para preservarla. “El orden, la paz y la armonía” escribe Plinio Corrêa de Oliveira “son características esenciales de toda alma bien formada y de toda sociedad bien constituida…El orden genera tranquilidad y ‘la tranquilidad del orden es la paz’”.21

Sin embargo, afirmar que toda y cualquier guerra debe ser evitada es ignorar la historia de la humanidad y la misma naturaleza humana. Es un pacifismo utópico.22 Aún la creación de un súper-estado o de una organización supra nacional dotada de algunos de los atributos de la soberanía no eliminaría la guerra, sino que sólo transformaría el uso de la fuerza en una guerra civil cuando tuviera lugar entre estados miembros o en una acción policíaca punitiva cuando fuera ejercida contra individuos o grupos sociales.23

9. Aunque los individuos pueden participar en la vida pública y expresar sus opiniones con prudencia, la última palabra sobre la guerra y la paz pertenece al gobierno.

Son varias las razones por las que el derecho de decidir sobre la guerra y la paz es una prerrogativa del gobierno:

Quien está investido principalmente del deber de defender un derecho es la persona que lo detenta o que es su custodio natural. El Estado es el custodio natural de los derechos de su pueblo. Siendo la guerra el ejercicio del poder de coerción entre las naciones en legítima defensa de sus derechos y de los derechos de su pueblo, corresponde al Estado, a través de sus autoridades competentes, decidir a favor o en contra de la guerra.

Salvaguardar los derechos de los ciudadanos contra la agresión extranjera es generalmente una cuestión de bien común, puesto que la guerra afecta a todos. Por consiguiente, de acuerdo con la ley natural, las decisiones acerca de la guerra y la paz pertenecen a la autoridad responsable por el bien común, que es el Estado.

La decisión última sobre los asuntos públicos no puede ser dejada al arbitrio de las masas. Los individuos están naturalmente inclinados a velar por sus propios intereses, lo que dificulta alcanzar el consenso sobre los medios o los fines en temas de interés público. Pero en la conducción de asuntos urgentes de interés general, la nación necesita unidad, no pluralismo. Sólo la autoridad común puede asegurar esta unidad y armonizar los diferentes intereses. Por ello, las decisiones sobre materias de bien común, especialmente las más graves, corresponden en el estado a la suprema autoridad.

Por otra parte, sólo el gobierno dispone de los medios para conducir la guerra con efectividad. Generalmente, aquellos que tienen los medios son quienes deben decidir cómo emplearlos. En consecuencia, la decisión de emprender la guerra corresponde al gobierno.

Desde otro punto de vista, la guerra implica obviamente riesgos para todo el país. De acuerdo con la ley natural, es ilícito poner todo un país en riesgo, como sucede en la guerra, sin una causa proporcional. Ahora bien, la evaluación de esta proporcionalidad requiere una amplia cantidad de datos a los que obviamente el ciudadano común no tiene acceso. Así es al gobierno a quien corresponde decidir sobre la guerra y la paz, más que a los ciudadanos.

10. La Divina Providencia utiliza las guerras entre los hombres para ejecutar los decretos de su justicia. A pesar de su trágica naturaleza, la guerra da lugar a la práctica de virtudes tales como la fortaleza, la prudencia, la caridad, la abnegación, el heroísmo y el patriotismo.

Las naciones declaran la guerra entre sí por diversas razones. Aún así, las guerras contribuyen invariablemente a los designios de la Divina Providencia. En efecto, sin infringir en modo alguno la libertad humana, la Divina Sabiduría alcanza infaliblemente sus fines con fortaleza y suavidad.24 Cuando Dios permite las terribles calamidades que trae consigo la guerra, está llevando adelante su plan divino para los hombres en el orden sobrenatural.
Las naciones, a diferencia de los individuos, no tendrán vida eterna, por lo tanto son premiadas o castigadas en esta vida.25 La Providencia hace uso de las guerras emprendidas por los hombres para ejecutar los decretos de su justicia, ya que las guerras tienen consecuencias tanto para los individuos como para las naciones, consideradas como grupos humanos. En ocasiones, Dios castiga a ciertas naciones por medio de la acción de otras.26

A nivel individual, Dios manifiesta su divina justicia y su misericordia de numerosas maneras, incluyendo las guerras. Aunque no todos los pecadores se convierten con los terribles sufrimientos y privaciones causados por la guerra, muchos se arrepienten, confiesan sus faltas y las expían. Por otro lado, las personas virtuosas a menudo se tornan mejores. A pesar de su trágica naturaleza, la guerra es una ocasión para la práctica de virtudes tales como la fortaleza, la prudencia, la caridad, la abnegación, el heroísmo y el patriotismo. La muerte en el campo de batalla, aceptada con conformidad sobrenatural, puede tener un gran peso ante la justicia divina para expiar no sólo los pecados individuales sino también los pecados colectivos de las naciones.27

Este aspecto sobrenatural no debe ser ignorado si se quiere comprender la realidad de la guerra en su totalidad.

***

La guerra moderna tiene tal capacidad de destrucción que uno podría preguntarse si la guerra en sí no se ha tornado ilícita, o al menos, si la doctrina clásica sobre la guerra justa no necesita una revisión.

Se deben evitar los falsos dilemas señalados adecuadamente por el Padre John Courtney Murray, S.J.,: “Los falsos dilemas son: a) un pacifismo blando versus un realismo duro y cínico; b) la muerte atómica universal versus la rendición completa… Estos perniciosos dilemas representan un abanico de falsas alternativas que esconden la abdicación de la razón moral y la sumisión a un determinismo tecnológico”.28

Esta abdicación conduciría a la muerte del orden moral y jurídico, incluyendo la negación del derecho natural de defensa propia y “el requerimiento de la ley natural de que el crimen sea castigado y el derecho defendido”.29

El problema de las modernas armas de destrucción masiva no radica en la justicia de la guerra en sí, sino más bien en la prudencia de ir a la guerra. Es preciso que las razones para recurrir a la guerra sean de tal gravedad que resulten proporcionales a la destrucción temida. “Existen derechos y bienes, tales como la libertad o la independencia nacional, que de acuerdo con el juicio de personas honestas y rectas y el sentido común de la gente, merecen ser defendidos al costo de soportar los horrores y la destrucción de la guerra moderna”.30

Como lo expresa el Papa Pío XII: “Entre estos bienes algunos son tan importantes para la vida del hombre en sociedad, que su defensa contra una injusta agresión es sin duda alguna enteramente legítima. Por solidaridad, todas las naciones están obligadas a participar en esta defensa y no pueden abandonar a la nación atacada. La certeza de que este deber no será descuidado, sirve como factor disuasivo para el agresor, y por lo tanto, ayuda a prevenir la guerra, o al menos, en el peor de los casos, a acortar sus sufrimientos”.31

Si esto no fuera verdad, tanto el orden nacional como el internacional desaparecerían y con ellos, la paz, porque el estado se vería impedido de defender sus derechos y los de su pueblo, y se convertiría en rehén del chantaje de poderes inescrupulosos.

***

La paz, como tal, es un bien invalorable que debe ser adquirido y mantenido por todos los medios honestos, puesto que la paz es “la tranquilidad del orden”. Es el mayor de los bienes de las naciones en el orden natural.

Todas las naciones están obligadas a luchar por la paz verdadera, incluso si esto significa, en determinadas ocasiones, ir a la guerra. Ésta es la paz que deseamos para los Estados Unidos. Suplicamos a María Santísima, Patrona de nuestra patria en su Inmaculada Concepción, que nos la obtenga de su Divino Hijo, el Príncipe de la Paz.32

Que Dios garantice a los Estados Unidos coraje en el peligro, constancia en la adversidad y magnanimidad en la victoria.

25 de marzo de 2003
Sociedad Norte-Americana de Defensa de la Tradición, Familia y Propiedad

Notas___________________________
1 La Ley Natural: “en su estricta aplicación ética… la ley natural es la regla de conducta prescripta por el Creador en la constitución de la naturaleza con la cual nos dotó”. James J. Fox, “Law, Natural” in Catholic Encyclopedia New York: Encyclopedia Press, 1913, vol. IX, p. 76. San Pablo dice que esta ley natural está escrita en el corazón de todos los hombres (Rom. 2:14-15). Todos los textos católicos sobre ética mencionan la ley natural.
2 La doctrina católica sobre la guerra justa se remonta a San Agustín, quien estableció sólidamente sus fundamentos en el Evangelio y en la ley natural.
3 Ver www.tfp.org/TFPForum/catholic_perspective/justwar.html.
4 Heinrich A. Rommen, The State in Catholic Thought, B. Herder Book Co., St. Louis, 1947, pp. 254-255.
5 Ibíd., p. 255.
6 Cf. Viktor Cathrein, S.J., Philosophia Moralis, Herder, Barcelona, 1945, pp. 514-516; Rommen, pp. 255 ss., 614-735.
7 Sociedad natural: “o sea, aquella sociedad, para cuyo establecimiento, en general, los hombres están bajo el mandato de la ley natural; una sociedad, cuyos requisitos esenciales, en consecuencia, están fijados firmemente por la misma ley natural”. Charles Macksey, S.J., “Society”, in Catholic Encyclopedia, vol. XIV, p.75
8 Ibíd., p.74
9 Macksey, “War”, in Catholic Encyclopedia, vol. XV, p.547
10 “La guerra justa se llama defensiva en dos sentidos. a) En sentido estricto, es defensiva cuando la nación cuyos derechos son injustamente atacados no inicia las hostilidades, es decir, no declara o da inicio a la guerra. b) En un sentido más amplio, es defensiva cuando la nación injustamente atacada declara la guerra o asesta el primer golpe. Por lo tanto si la nación inocente sabía que el enemigo estaba preparando secretamente una guerra contra su independencia, estaría a la defensiva, aun cuando declarara la guerra” John A. McHugh y Charles J. Callan, Moral Theology, Joseph F. Wagner, Inc., New York, 1961, Vol. I, p.558.
11 “Si un pueblo amenazado, o víctima ya de una injusta agresión, desea pensar y actuar de una manera cristiana, no puede permanecer en pasiva indiferencia”. Pío XII, Mensaje de Navidad de 1948, citado por McHugh-Callan, op. cit., p.561.
12 Cathrein, Thesis CV, p. 512.
13 Cf. T. Ortolan, “Guerre”, in Dict. de Théologie Catholique, Letouzey et Ané, Paris, 1947, Vol. VI, cols. 1908-1919.
14 Fr. Ludovico Bender, O.P., “War” in Dictionary of Moral Theology, The Newman Press, Westminster, 1962, p. 1297.
15 Cf. Rommen, p. 655.
16 “La interrelación existente entre las virtudes es una propiedad por la cual una virtud, practicada con seriedad, en un sentido integral, lógico y perfecto, postula las otras virtudes. … cada una de las virtudes morales infusas… está conectada con la caridad”. Roberti y Palazzini, “Virtues, Interrelation”, in Dictionary of Moral Theology, p. 1279.
17 Cf. T. Ortolan, col. 1908; Summa Theologica, II-II, q. 40, 1-3.
18 San Agustín, La Ciudad de Dios, XIX: 13.
19 “Por razones de caridad la nación que tiene un derecho de intervención puede ir legalmente a la guerra para proteger una nación más débil contra otra más fuerte y provocadora, para sostener a un gobierno injustamente atacado por sus súbditos, o para ayudar a los súbditos inocentes tiranizados por su gobierno”, McHugh Callan, p. 562.
20 Macksey, p. 548.
21 Plinio Corrêa de Oliveira, “The Crusade of the XXth Century”, en http: //www.tfp.org/who_we_are/xxi_century_crusade.html.
22 “La paz – una causa demasiado bella, demasiado justa y demasiado noble para dejarla en manos de los pacifistas” (Plinio Corrêa de Oliveira)
23 Cf. Rommen, p.650
24 Sab. 8, 1
25 Ésta es la tesis subyacente en “La Ciudad de Dios” de San Agustín.
26 Ortolan, col. 1951.
27 Ibid., cols. 1958-1959.
28 John Courtney Murray citado por R.A. McCormick en “War, Morality of” in The New Catholic Encyclopedia, Vol. XIV, p. 806.
29 A. Messineo “Guerra” in Enciclopedia Cattolica, col. 1238.
30 Ludovico Bender, Dictionary of Moral Theology, p. 1297.
31 Pío XII, “Mensaje de Navidad de 1948”, in Discorsi e Radiomesaggi, Poliglotta Vaticana, Ciudad del Vaticano, Vol. X, p. 322.
32 Is. 9,5.

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